Marcos Chavez

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Marcos Chávez y Abogados, S.C.

¡Experiencia que da seguridad!

La reforma a la Ley Federal del Trabajo estableció un nuevo esquema de contratos de trabajo para quedar como sigue:

TIPOS DE CONTRATOS

  • OBRA DETERMINADA
  • TIEMPO DETERMINADO
  1. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar.
  2. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador.
  3. En los demás casos previstos por esta Ley.
  • POR TEMPORADA
  1. Los servicios sean para labores fijas y periódicas de carácter discontinuo (actividades por temporada)
  2. No exijan la prestación de servicios toda la semana, mes o el año.
  • POR TIEMPO INDETERMINADO (ACTIVIDADES CONTINUAS)

A.   A PRUEBA

  • Para verificar si el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo.
  • Plazo máximo 30 días o 180 días en puestos de dirección, gerencias, administración y labores técnicas o profesionales especializadas.

B.   CAPACITACIÓN INICIAL

  • Adquirir conocimientos o habilidades necesarias para la actividad para la cual será contratado el trabajador.
  • Plazo máximo 3 meses o 6 meses en puestos de dirección, gerencias, administración y labores técnicas o profesionales especializadas.