La reforma a la Ley Federal del Trabajo estableció un nuevo esquema de contratos de trabajo para quedar como sigue:
TIPOS DE CONTRATOS
- OBRA DETERMINADA
- TIEMPO DETERMINADO
- Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar.
- Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador.
- En los demás casos previstos por esta Ley.
- POR TEMPORADA
- Los servicios sean para labores fijas y periódicas de carácter discontinuo (actividades por temporada)
- No exijan la prestación de servicios toda la semana, mes o el año.
- POR TIEMPO INDETERMINADO (ACTIVIDADES CONTINUAS)
A. A PRUEBA
- Para verificar si el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo.
- Plazo máximo 30 días o 180 días en puestos de dirección, gerencias, administración y labores técnicas o profesionales especializadas.
B. CAPACITACIÓN INICIAL
- Adquirir conocimientos o habilidades necesarias para la actividad para la cual será contratado el trabajador.
- Plazo máximo 3 meses o 6 meses en puestos de dirección, gerencias, administración y labores técnicas o profesionales especializadas.